LA CÁMARA FEDERAL FALLÓ A FAVOR DE LA COMUNIDAD DE SAN ANTONIO OESTE EN SU RECLAMO POR LA REMEDIACIÓN

Deberá ahora aguardarse una nueva resolución por parte del Juzgado Federal de Viedma

En marzo de 2018, integrantes de la Multisectorial por la problemática del plomo en San Antonio Oeste y más de 1.100 vecinos que suscribieron la acción, presentaron ante el Juzgado Federal de Viedma un recurso de amparo contra el Estado Nacional -Ministerio de Minería y Energía de la Nación, Secretaría de Minería-(…) “con el objeto de que se les ordene que continúen con las tareas de remediación de las zonas contaminadas con plomo y otros metales pesados en San Antonio Oeste -provincia de Río Negro- hasta alcanzar la total remediación de las zonas contaminadas(…)”. Paralelamente, y como medida cautelar de urgente aplicación, se solicitó la remediación de las calles y veredas de las manzanas 383 y 384 de la planta urbana de la Localidad.

Si bien la medida cautelar fue otorgada inmediatamente por la Jueza Filipuzzi -aunque la obra se inició recién en 2022- la Jueza no se expidió respecto de la causa de fondo: la continuidad de la obra de remediación “hasta la total remediación de las zonas contaminadas”, lo cual incluye las pilas y suelos contaminados en los sectores conocidos como “La Estanciera” y “El Autódromo”.

Después de cuatro años de actuaciones en el marco de la causa, con decenas de presentaciones y diligencias con intervención del Juzgado, en abril de 2022 el Juez Hugo Greca, por aquel entonces subrogante en el Juzgado Federal de Viedma, se expidió rechazando el amparo presentado por la Multisectorial ante la Justicia Federal, por considerarlo “cosa juzgada” en base a la existencia de una Resolución del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que involucraba a la Provincia y al Municipio de San Antonio Oeste. Paralelamente el Juez ordenó a las cuatro vecinas de San Antonio que encabezaron en 2018 la acción de amparo el pago de las costas del juicio.

La Resolución emitida por el Juez Greca fue apelada por la Multisectorial ante la Cámara Federal de Apelaciones en General Roca, que resolvió hacer lugar al recurso presentado por la Multisectorial y revocar la resolución del Juez Greca.

Fundamentada y suscripta por el Presidente de la Cámara, Dr. Richar Fernando Gallego, y por su Vicepresidente, Dr. Mariano Roberto Lozano, la Resolución de la Cámara refiere además la participación del Ministerio Público Fiscal y de la Asesora de Menores e Incapaces, que se expidieron en el mismo sentido.

Esta Resolución no sólo es importante por sus alcances, sino también por sus fundamentos. Puede leerse aquí.

El Juzgado Federal de Viedma deberá ahora expedirse. Esta decisión definirá si los vecinos de San Antonio, y en particular los vecinos de los barrios aledaños a las pilas de escorias todavía presentes, podrán en un futuro cercano vivir en un ambiente libre del plomo y de los riesgos y condicionamientos que éste ocasiona.

Informe de la Auditoría General de la Nación concluye: «la ejecución de las acciones de remediación de los pasivos ambientales mineros (…) fue incompleta e ineficiente»

El Informe, aprobado por Resolución N°87/2022-AGN, evaluó el Manejo Integral de los Pasivos Ambientales Mineros (PAM) en el ámbito de la Secretaría de Minería y el Servicio Geológico Minero Argentino (SeGeMAR) en el período 01/01/2018 – 01/05/2020, incluyendo el caso San Antonio Oeste.

Se lee entre las conclusiones del Informe:

1.No se logró avanzar en una regulación específica sobre la gestión integral de los pasivos ambientales mineros, a pesar de haber sido uno de los objetivos centrales del “Programa de Gestión Ambiental para una Producción Sustentable en el Sector Productivo”.

2- La ejecución de las acciones de remediación de los pasivos ambientales mineros fue incompleta e ineficiente.

3- No se desarrollaron las acciones establecidas en el Contrato BID 1865 /OC-AR ni se alcanzaron los productos esperados: no se elaboró el inventario de PAM, no se confeccionó un manual técnico para ser utilizado en futuras remediaciones, ni se desarrollaron las evaluaciones detalladas de los pasivos ambientales existentes en las ocho áreas degradadas que fueron consideradas prioritarias.

4- La SEMIN no desarrolló un plan estratégico integral ni impulsó acuerdos de cooperación entre los diferentes actores en el ámbito del COFEMIN para la generación de instrumentos que estén orientados a la gestión integral de los PAM de manera sostenible. No obstante, el diseño de un plan estratégico para el manejo integral depende de la realización, en primer lugar, del inventario nacional de PAM basado en riesgos ambientales para poder identificar, caracterizar y priorizar las acciones de remediación de los sitios afectados.

5- Con respecto a la implementación y seguimiento de la Agenda 2030, durante el período auditado no existieron acciones de articulación y coordinación concretas tendientes a la incorporación de esta temática para el seguimiento de los objetivos de desarrollo sostenible.

Intervención en San Antonio Oeste

Mientras tanto, continúa avanzando la obra destinada a reducir el riesgo que representa para la salud de las personas la exposición a los metales pesados presentes en calles y veredas de las manzanas 383 y 384.

La intervención, que se deriva de la orden judicial resultante de la medida cautelar solicitada por la Multisectorial, pretende subsanar -aunque sólo lo hará muy parcialmente- el fracaso de la obra de remediación contratada por la SecMin y ejecutada entre 2016 y 2018 por la empresa Taym SA, obra que se interrumpió abrupamente por falta de fondos, dejando en la Localidad buena parte de las escorias y suelo contaminado que debía haberse removido y trasladado al sitio de disposición final.

Por otro lado, el pasado 28 de octubre se desarrolló una reunión de la Comisión de Seguimiento convocada por la Municipalidad de San Antonio Oeste. La misma fue videograbada y los interesados pueden acceder a la misma en https://sanantoniooeste.gob.ar/remediacion-ambiental/.

Foto de Archivo

INTERVENCIÓN EN FRENTE LA FUNDICIÓN – MZ. 383-384, BARRIO MATADEROS

VISITA 04/10/2023

Pasado el mediodía estuvimos en el sector circundante al sitio de obra.

Pudimos constatar que mientras una cuadrilla, portando adecuados elementos de protección personal, colocaba adoquines para la conformación del pavimento articulado en la calle Automóvil Club Argentino, equipos viales realizaban un movimiento de suelos en calle Alvarado.

Constatamos también que no se estaba realizando ninguna medición para el control de partículas que pudieran ponerse en suspensión como consecuencia de la actividad, a pesar de que la calle sobre la cual se estaba trabajando es probablemente la calle más contaminada del sector.

No se encontraba presente en el lugar personal de control ambiental.

Cuando tiempo después arribó al sitio una persona que se identificó como personal de una empresa subcontratada para colaborar con el control ambiental, pudimos conocer lo siguiente:

  • no existe ningún dispositivo en obra que realice la medición del particulado en suspensión, en forma autónoma y continua,
  • la medición se efectúa solamente en ocasión de «remoción y carga», pero no cuando se efectúa movimiento de suelos (igualmente riesgoso), porque «el pliego no lo exige».
  • la medición se efectúa mediante un dispositivo portátil que lleva consigo el operador, personal de la subcontratista, que luego transcribe a una planilla, de manera manual, los datos que lee en la pantalla del pequeño dispositivo que lleva en su bolsillo. Si esta persona no está en obra, el dispositivo tampoco, que fue lo que ocurrió durante el día de hoy.
  • Semanalmente se presenta a la Municipalidad la información surgida de la(s) planilla(s) así confeccionadas.

Es preciso señalar que un control de este tipo es, en el mejor de los casos, muy relativo. Para que el control arrojara certezas, independizándose de cualquier subjetividad, debería utilizarse un dispositivo autónomo que efectuara mediciones continuas, tal como se realizó el control de particulado durante la obra ejecutada por Taym. Este dispositivo permitía el acceso a la información, en tiempo real, a los organismos de control -y a través de ello, a esta veedora- publicando la información a través de la internet. Lamentablemente, no es así en el caso de la obra contratada a Step Energy SAS.

Paralelamente, la Comisión de Consulta y Seguimiento del Plan General de Remediación de los pasivos ambientales residuales de plomo (…) ”, conformada por la Municipalidad de San Antonio Oeste, de la que participaban los vecinos afectados y la Multisectorial, no se ha vuelto a convocar. Las reuniones se desarrollaban con frecuencia quincenal hasta el momento de la presentación del Estudio de Impacto Ambiental, pero no se ha convocado ninguna en prácticamente dos meses; puntualmente ninguna desde que comenzó la obra.

Movimiento de suelos calle Alvarado 04/10/2023

REUNIÓN CON VECINOS DEL BARRIO MATADERO

El 8 de julio pasado se desarrolló una reunión entre miembros del Grupo Promotor de la Multisectorial, la Presidenta de la Junta Vecinal del Barrio Matadero, Sra. Margarita Juárez, y el representante de los vecinos de las manzanas 383 y 384 en la Comisión de Seguimiento, Sr. Adrián Gallardo.

En la oportunidad se compartieron apreciaciones respecto de la obra contratada para la mitigación de los efectos de la contaminación en el sector, planteándose un trabajo conjunto para llegar a todos los vecinos del barrio con información clara y concreta respecto de los procedimientos de obra, -una vez que sea posible acceder a los documentos correspondientes, y entre ellos al Estudio de Impacto Ambiental, que hasta donde se informó aún no ha sido presentado por la empresa contratista-.

Se comentó además sobre la necesidad de contar con la participación de profesionales de Salud Pública en la Comisión de Consulta y Seguimiento, planteada oportunamente por la Presidenta de la Junta Vecinal.

COMISIÓN MUNICIPAL DE CONSULTA Y SEGUIMIENTO

A través del Decreto N° 987 la Municipalidad de San Antonio Oeste creó la Comisión de Consulta y Seguimiento del Plan General de Remediación de los pasivos ambientales residuales de plomo en las áreas denominadas la Ex – Fundición, Estanciera (Pilas 1, 2 y 3), Autódromo y Sectores Adyacentes”, con la facultad de requerir a las autoridades correspondientes todas las constancias y antecedentes que crea necesaria para el logro de sus funciones.

Esta Comisión está integrada por un (1) representante de la Secretaría de Minería de la Nación, un (1) funcionario de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Rio Negro, el presidente de la Agencia de Protección Ambiental Bahía San Antonio, la Asesora Legal del Poder Ejecutivo Municipal, un (1) Concejal representante por la minoría y uno (1) en representación de la mayoría, un (1) representante de la Junta Vecinal correspondiente al Barrio Matadero por las manzanas N°383 y 384, un (1) representante de la Junta Vecinal del Barrio San Miguel, un (1) representante de la Multisectorial de la localidad de San Antonio Oeste, un (1) representante de la Universidad Nacional del Comahue.

La veedora en la obra de remediación, Ing. Patricia Llonch, actuará como representante titular de la Multisectorial, siendo su suplente la Prof. Roxana Roccatagliata.

La primera reunión de la Comisión se desarrolló el 29 de junio pasado. Lo tratado durante la misma se volcó en el Acta correspondiente, a la que puede accederse mediante el siguiente enlace: Acta N° 1.

Licitación para la ejecución de la obra en calles y veredas de las Manzanas 383 y 384 en San Antonio Oeste

Síntesis de la documentación obrante en el Expediente

La Comisión Multisectorial solicitó días atrás acceso al Expediente de la Licitación para la obra mencionada. Un detalle pormenorizado del contenido del Expediente puede encontrarse siguiendo el enlace: Leer más. Pero de manera sintética, el Expediente contiene documentación que da cuenta de lo siguiente:

El 26/11/2021 el Intendente Municipal suscribe el Decreto para el llamado a Licitación Pública “Servicio de remoción y transporte de suelo contaminado y la obra civil (…) de las calles y veredas de las manzanas 383 y 384 de San Antonio Oeste.

El Decreto designa como integrantes de la Comisión Evaluadora al titular de la Agencia de Protección Ambiental Oscar Echeverría, el secretario de Hacienda Matías Hermo, la secretaria de Planificación y Desarrollo Urbano Fabiana La Biunda, la presidenta del Concejo Deliberante Alicia Paugest, la asesora legal Pamela Ruibal, la contadora Natalia Tubio y la presidenta del Tribunal de Cuentas Cielo Cambarieri.

El llamado sólo se publica en medios locales y en el diario regional Río Negro, a pesar del monto y complejidad de la obra licitada.

La única oferente resulta ser STEP ENERGY SAS, CUIT 30-71743767-1, empresa constituida el 16/11/21 con un capital social de $100.000 (cien mil pesos). No se incluyen en el Sobre N°1 “Antecedentes y propuesta técnica” documentos que acrediten los antecedentes exigidos para el oferente por el Art. 17° del Pliego de Bases y Condiciones, esto es, experiencia de la firma; equipo de trabajo; equipos, maquinarias y vehículos de transporte y plan de trabajo. Sí se incluyen documentos relativos a los antecedentes de otras firmas (no oferentes), cuyo vínculo con STEP ENERGY SAS no se acredita en el Sobre N°1.  Dichas firmas son MOVIMIENTOS SAO SRL, AMB CONSULTING SRL, CONTRINI HNOS SRL, INDUSTRIA Y AMBIENTE SA, e INGENIERÍA TERRA SA. Todas ellas comprometen posteriormente suscribir contratos con STEP ENERGY SAS para la ejecución de tareas o la prestación de servicios en el caso que esta última resultara adjudicataria de la Licitación,

La empresa oferente es entonces exclusivamente STEP ENERGY SAS, CUIT 30-71743767-1, y no una UTE u otra forma de asociación de empresas. Se desprende de ello que la empresa oferente no acreditó los antecedentes técnicos requeridos por el Pliego de Bases y Condiciones. De la misma manera, sólo puede considerarse como capacidad económica financiera del oferente el capital social de STEP ENERGY SAS.

A excepción de la contadora municipal Natalia Tubio -que manifiesta que la empresa oferente no cumple con los requisitos establecidos en el Art, 17 «Calificación Técnica» del Pliego por lo que considera que no se le debe dar lugar a la misma- y de la Presidenta del Tribunal de Cuentas, Cielo Cambarieri -que no participa de la reunión correspondiente-, los demás integrantes de la Comisión Evaluadora concluyen que con los compromisos suscriptos por las otras empresas («Preacuerdos») se acredita el vínculo con la oferente y definen por mayoría que “se han cumplimentado los requisitos mínimos establecidos en esta primera etapa”.

La decisión de la Comisión Evaluadora permitió avanzar en la apertura del sobre N° 2 “Oferta Económica”.  A pesar que el pliego de Bases y Condiciones establece que “no serán admisibles ofertas superiores a $140 millones (…) por todo concepto cotizado, STEP ENERGY SAS cotiza la obra $229.081.751,68, monto que excede en más del 63.6 % el presupuesto oficial de la Licitación.

Una vez más por mayoría, la Comisión Evaluadora resuelve de todas maneras avanzar con la adjudicación y gestionar los fondos faltantes ante la Secretaría de Minería de la Nación.

Finalmente, el 25/04/22 la Comisión Evaluadora emite su Resolución en la que define «considerar por mayoría como válida la presentación de la firma oferente» y «considerar como conveniente a los intereses municipales la oferta presentada por la firma STEP ENERGY SAS, CUIT 30-71743767-1(…)». Puede verse el texto completo de la misma siguiendo el enlace: Resolución de la Comisión Evaluadora

Reuniones virtuales

Mientras esperábamos la convocatoria a las reuniones públicas comprometidas por el responsable de la oficina de Ambiente de la Municipalidad, Sr. Oscar Echeverría, para informar a la población con respecto a la obra de remediación y aspectos relacionados, recibimos dos días atrás una invitación para asistir a reuniones virtuales que se desarrollarían hoy y mañana a través de la plataforma Zoom.

Lamentamos que se considere que una obra de esta magnitud y complejidad, que implica un riesgo sobre la salud humana, no amerita la participación presencial de todos los vecinos que quieran informarse, y especialmente de aquellos que viven o trabajan en las inmediaciones,  los que se verán indudablemente afectados, de una u otra manera, y para bien o para mal, por las acciones a desarrollar.

Como miembros  del Grupo Promotor de una organización comunitaria, no podemos avalar con nuestra participación una acción que limita los derechos de muchos de nuestros vecinos al acceso a la información. No reconocemos a esta reunión virtual entidad alguna relativa a la puesta en conocimiento de los vecinos ni de las “empresas asociadas” ni del  Estudio de Impacto Ambiental, y recordamos que el mismo requiere de una audiencia pública en el marco del proceso de evaluación ambiental por parte de la Autoridad  Provincial.

Comunicamos asimismo que días atrás solicitamos y recibimos copia del Expediente de la Licitación de la obra por parte del responsable del área ambiental municipal, material que en este momento están analizando nuestros técnicos. Ponemos el documento a disposición de los interesados.

NACIÓN RECIBIÓ DE TAYM -Y TRANSFIRIÓ AL MUNICIPIO- LOS TERRENOS CONTAMINADOS EN LA ESTANCIERA Y EL AUTÓDROMO

Se cierra así un nuevo capítulo en la historia de fracasos de la remediación de los pasivos mineros en San Antonio Oeste

La Secretaría de Minería de la Nación presentó recientemente en la causa judicial por la remediación -iniciada por la Multisectorial en 2018- documentación de la que se desprende información de relevancia.

Algunos documentos fueron elaborados meses atrás, pero las actuaciones no habían sido comunicadas.

1- “Acta de Recepción Parcial y Transferencia de las Áreas Identificadas como «La Estanciera» – Pilas 1, 2 Y 3 y «Pila El Autódromo».

La Municipalidad de San Antonio Oeste, la Secretaría de Minería de la Nación y la empresa Taym SA, suscribieron el 16/12/21 el «Acta de Recepción Parcial y Transferencia de las Áreas Identificadas como «La Estanciera» – Pilas 1, 2 Y 3 y «Pila El Autódromo«. En la misma se especifica: “La firma TAYM S.A. transfiere y la Secretaría de Minería de la Nación recibe, las Áreas (Pilas 1, 2 y 3 de La Estanciera y Pila de El Autódromo).”

Taym entrega a la Secretaría de Minería de la Nación las áreas intervenidas, esto es Pila 1 y 3 de La Estanciera,  que  siguen presentando concentraciones de metales pesados muy por encima de los límites definidos en el Pliego (cosa que no se aclara en el Acta). Y entrega también las áreas ni siquiera intervenidas (Pila 2  y El Autódromo), que de acuerdo con el Contrato deberían haber sido saneadas.

Con la recepción parcial de los terrenos por parte de la Secretaría de Minería, no le quedan a Taym más responsabilidades que las garantías de rigor, aunque el plomo y los otros metales siguen estando en los sitios que deberían haberse saneado. Se cierra así un nuevo capítulo en la lamentable historia de fracasos de la remediación de los pasivos mineros en San Antonio Oeste.

 Por otro lado, el Acta consigna “Que las áreas ya citadas se reciben (de la empresa contratista) a efectos de avanzar en su intervención por parte del Municipio de San Antonio, (…), y en concordancia con las obligaciones y compromisos establecidos en el Acuerdo suscripto entre la Secretaría de Minerla de la Nación, la Provincia de Río Negro y el Municipio de San Antonio, el 31 de marzo de 2021.

 “La Secretarla de Minería de la Nación transfiere y la Municipalidad de San Antonio recibe, las responsabilidades referidas a la vigilancia de las áreas identificadas como Pila l, 2 y 3 «La Estanciera» y Pila «El Autódromo», la que se extiende a la prevención de accidentes, robos o deterioros que pudieran afectar a las personas o a bienes del propio Municipio o de terceros, al mantenimiento de la cartelería de señalización de las áreas ya referidas y a las que surgen de las competencias propias de dicho Municipio”.

En síntesis, los terrenos con escorias y suelos contaminados que la Secretaría de Minería de la Nación asumió el compromiso de remediar en 2009,  vuelven al Municipio  de San Antonio Oeste, para que éste se haga cargo de las intervenciones necesarias, en virtud de los acuerdos suscriptos en marzo de 2021.

EL INFORME BID

En los acuerdos de marzo de 2021, la Secretaría de Minería de la Nación asumía como único compromiso con relación a los sitios de La Estanciera y El Autódromo la definición de una “línea de base”, un informe que especificara los niveles de contaminación de los suelos en tales sectores.

Como se recordará, el BID había contratado a la firma Neoambiental  para hacer una evaluación de la contaminación remanente y sugerir alternativas de remediación, con fondos de Cooperación Técnica (sin cargo para el Estado). Sorpresivamente, la Secretaría de Minería de la Nación suspendió la consultoría en el mes de enero de 2021 por considerarla innecesaria e inconducente, tal como escribió en su Nota un alto funcionario de la Secretaría (ver nota ). Pero más sorprendentemente,  en junio de 2021 ese mismo funcionario le solicitó al BID que reactivara la Cooperación Técnica para reiniciar los trabajos que había solicitado suspender meses antes. Los funcionarios del Banco alertaron respecto de la escasez del tiempo remanente para desarrollar la tarea. Obviamente, el producto no podía tener el mismo alcance.  Aquí, el Acta de esa reunión.

Como resultado, NeoAmbiental desarrolló una tarea acotada y presentó el Informe Final con fecha de Noviembre 2021.

De acuerdo con lo informado por la Secretaría de Minería de la Nación en el documento fechado el 28/01/2022: “El Municipio de San Antonio Oeste acordó con la Secretaría de Minería de la Nación y con el BID en dar a conocer a su comunidad, la presentación del Informe III realizado por la consultora NeoAmbiental, en relación a la consultoría que llevó adelante para el análisis y evaluación de los pasivos ambientales residuales de plomo en las áreas denominadas Estanciera, Autódromo y Sectores Adyacentes en San Antonio Oeste, Rio Negro para las Alternativas de Remediación y Proyecto de los Pasivos Residuales del Proyecto, en el marco de la Cooperación Técnica No Reembolsable BID AR-T1217. A la fecha, se aguarda una respuesta formal sobre la cuestión particular”.

A la fecha la comunidad aguarda también,  preguntándose las causas de esta demora que sin duda remite a períodos vividos con anterioridad en este mismo proceso,  caracterizados por una escasa o nula participación pública.  Así ocurrió con la consultoría desarrollada por URS Corp, opacidad que en gran medida ocasionó el fracaso de la obra de remediación.  Con Neoambiental vuelve a ocurrir lo mismo: aunque el BID había comprometido amplia participación pública en el proceso de la Consultoría, en la práctica no la hubo, al punto que ni siquiera se han dado a conocer los resultados de un trabajo que terminó meses atrás.

Más allá de la falta de comunicación municipal respecto de este tema, los interesados pueden acceder a un extracto del informe de Neoambiental siguiendo el enlace. Podemos adelantar por lo pronto que según el citado informe quedan en el suelo santantoniense decenas de miles de metros cúbicos de escorias y suelo contaminado a remediar, con un costo millonario en dólares. Quién se hará cargo de este problema, cómo y cuándo,  se desconoce, pero de acuerdo con el Acta de Recepción Parcial y Transferencia de las Áreas Identificadas como «La Estanciera» – Pilas 1, 2 Y 3 y «Pila El Autódromo”, suscripta por el Intendente Municipal, la intervención sería de la Municipalidad de San Antonio Oeste, sin especificarse de quién sería el financiamiento.

SOBRE LA REMEDIACIÓN EN CALLES Y VEREDAS DEL FRENTE LA FUNDICIÓN

Como se recordará, la Municipalidad llamó a Licitación para la obra en cuestión el 26/11/2021, con fecha de apertura de sobres establecida para el 17/12/2021 y un presupuesto oficial de $140 millones. En la fecha citada, la Municipalidad prorrogó el llamado para el 07/01/22.

El 04/02/2022 se informó la apertura del sobre con la única oferta recibida, de la firma Step Energy, por un monto de $ 229.081.751,68, esto es aproximadamente un 64%  por encima del presupuesto oficial.

Lo previsto era la transferencia de un total de 175 millones de pesos por parte de la Secretaría de Minería de la Nación a la Municipalidad de San Antonio Oeste para que ésta se hiciera cargo de la obra. De acuerdo con la información suministrada, ya se habría girado a la Municipalidad un monto aproximado de $110.000.000.-, esto es, aproximadamente el 80% del presupuesto oficial, pero menos del 50% de la única oferta recibida.

El Intendente Municipal mantuvo esta semana una reunión con las autoridades mineras nacionales en busca de financiamiento adicional. Según se informó, la reunión finalizó con el compromiso de firmar un nuevo acuerdo a través del cual la Secretaría de Minería enviaría los recursos necesarios para completar esta primera etapa del proceso de remediación de metales pesados en las manzanas 383 y 384.

Mientras tanto, la población sigue expuesta al riesgo de intoxicación por plomo, cadmio, arsénico y demás metales que siguen presentes en el suelo de San Antonio Oeste.

Aclaración

Vecinos de la Localidad nos informan que pedidos de obras o servicios formulados por ellos ante la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de San Antonio Oeste han sido rechazados con fundamento en que «la Multisectorial no nos deja» o respuestas similares que refieren a una supuesta obstaculización de las acciones por nuestra parte.

Nos vemos por lo tanto en la obligación de aclarar que:

  • La Multisectorial no recibió en ningún momento consulta alguna por parte de los funcionarios de Servicios Públicos o de la Agencia de Protección Ambiental respecto de acciones vinculadas con sus respectivas carteras.
  • La Multisectorial no puede haber emitido opinión sobre acciones respecto de las cuales no recibió noticia alguna, ni oficial ni extraoficialmente.
  • Las acciones desarrolladas, así como las no desarrolladas por las respectivas áreas municipales son exclusivamente de su responsabilidad.
  • La Multisectorial no tiene la potestad de impedir que la Municipalidad de San Antonio Oeste ejecute acción alguna.
  • Los únicos que tienen esa potestad son los Jueces y puntualmente el Superior Tribunal de Justicia, que oportunamente estableció obligaciones y limitaciones para la Municipalidad de San Antonio Oeste, cuyos fundamentos se basaron en instrumentos de prueba contundentes y de gran importancia para la salud de los vecinos. Conocer esas obligaciones en detalle, así como las razones a las que responden, es una obligación de los funcionarios municipales actuantes.
  • Seguramente es más simple y políticamente más conveniente adjudicar a la Multisectorial una infundada manía obstaculatoria, pero no es la verdad.
  • El vecino de San Antonio tiene derecho a ser tratado con respeto, y el funcionario tiene el deber de cumplir con sus obligaciones.

Por ello, solicitamos al Secretario de Servicios Públicos cese en su hábito de adjudicar a la Comisión Multisectorial impedimentos que no guardan relación alguna con la misma, y si no puede o no quiere hacer lugar a los pedidos de los vecinos, al menos les proporcione las explicaciones que realmente correspondan.

Nos ponemos a disposición de los vecinos, a fin de aclarar cualquier duda.

LAS COSAS COMO SON

En el día de ayer el Gobierno Municipal comunicó la firma de un nuevo acuerdo a través del cual la Secretaría de Minería de la Nación en realidad compromete hacer sólo lo que le fue ordenado judicialmente.

En respuesta a una medida cautelar presentada en 2018 por representantes de la Comisión Multisectorial con el acompañamiento de las firmas de más de mil vecinos del Municipio y el patrocinio letrado de Miguel Galindo Roldán,  el Juzgado Federal de Viedma ordenó a la Secretaría de Minería de la Nación  que arbitre en forma urgente las medidas necesarias para remediar los sitios contaminados identificados como calles y veredas de las Manzanas 383 y 384 de San Antonio Oeste”.

La medida fue posteriormente ratificada por la Cámara Federal, pero ante su incumplimiento por parte del Estado Nacional, el Juzgado Federal le ordenó en marzo de 2019 “que informe las medidas concretas para el cumplimiento efectivo y eficaz de la orden dada, (…) bajo apercibimiento de evaluar las conductas de los responsables como incursas en desobediencia civil”.

Y finalmente en mayo de este año, el Juez Federal subrogante, Ernesto Pedro Sebastián, ordenó: “hágase saber a la demandada que se encuentra vigente la eventualidad de hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en fecha 29.03.2019 en la medida en que se advierta falta de impulso hasta su efectiva concreción (…), conforme la obligación de remediación impuesta en la resolución cautelar cuyo objeto aún permanece incumplido, a pesar de mantenerse el riesgo en la salud de los afectados por el pasivo ambiental persistente. Y en consecuencia, hagáse saber también a la demandada que deberá informar a este Juzgado Federal cada treinta (30) días sobre los avances (…)”.

Lo grave es que a través de los acuerdos firmados este año, la Provincia y el Municipio permitieron a la Secretaría de Minería de la Nación hacer desaparecer los compromisos que ésta había asumido en 2016 para la remediación del total de los sitios contaminados en San Antonio Oeste, con lo cual, La Estanciera y El Autódromo, que presentan un altísimo grado de contaminación, podrían quedar en el estado en que se encuentran. Esta es la situación sobre la que el pleno de la Legislatura rionegrina intentó alertar al Gobierno, que sin embargo, aparentemente prefirió desoírla.

Si se trató de una negociación, San Antonio salió perdiendo.

Por lo expuesto, nos vemos en la obligación de comunicar que si bien celebraríamos una aparente decisión de la Secretaría de Minería de la Nación de cumplir lo que le fue ordenado, – disponiendo de una cierta cantidad de dinero que podría o no ser suficiente-, sabemos que realmente la misma no tenía posibilidades de seguir dilatando mucho más esta situación.

Pero sabemos además que si de esto se trata, fue posible  gracias a  las órdenes judiciales que se vienen sucediendo desde 2018,  las numerosas gestiones llevadas adelante por esta Comisión de vecinos ante diferentes autoridades, el  involucramiento de los medios locales, provinciales y nacionales y el contundente y unánime pedido de la Legislatura Rionegrina, exigiendo al Gobierno Nacional que cumpla con su obligación para con la  remediación ambiental.

Debemos advertir, asimismo, que por el momento sólo se trata de la firma de un convenio, uno más de los muchos que se han celebrado, incluso con afectación de fondos  de mucha mayor cuantía, a pesar de todos los cuales el plomo sigue estando entre nosotros. Y debemos señalar además que hasta el momento no existe un proyecto de remediación por lo que tampoco se puede definir un presupuesto, no hay información sobre cuándo se producirá el inicio de la obra, ni cuánto tiempo demandará ejecutarla.

 Así las cosas, mientras se describen reuniones, comunicaciones, notas y acuerdos y se firman convenios, los niños de San Antonio siguen expuestos a los tóxicos.